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El presupuesto del gasto público (página 2)



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Los impuestos corresponden a la participación del gobierno en las diferentes actividades económicas y están reguladas por un conjunto de normas que establecen sus montos, excenciones y periodicidades. La planificación tributaria es una actividad que permite maximizar los flujos financieros y cuyo impacto dependerá de la actividad económica que se desarrolle.

Planificación monetaria

Define el sistema monetario que seguirá el gobierno Nacional para conseguir la estabilidad del valor del dinero y evitar una balanza de pagos adversa, alcanzar el pleno empleo y buscar el estado de liquidez de toda economía.

7. PRESUPUESTOS QUE SE ELABORAN EN LOS DISTINTOS NIVELES DEL SECTOR PÚBLICO

Principios

El presupuesto público es la previsión de gastos e ingresos para un determinado periodo de tiempo, por lo general un año. El presupuesto es un documento que permite a las empresas, los gobiernos, las organizaciones privadas y las familias establecer prioridades y evaluar la consecución de sus objetivos. Para alcanzar estos fines puede ser necesario incurrir en déficit o, por el contrario, ahorrar, en cuyo caso el presupuesto presentará un superávit.

Los principios por los que se rige el presupuesto público son los mencionados a continuación:

Programación: Se desprende de la propia naturaleza del presupuesto y sostiene que éste -el presupuesto- debe tener el contenido y la forma de la programación.

Contenido: establece que deben estar todos los elementos que permitan la definición y la adopción de los objetivos prioritarios. El grado de aplicación no está dado por ninguno de los extremos, pues no existe un presupuesto que carezca completamente de una base programática, así como tampoco existe uno en el que se hubiese conseguido la total aplicación de la técnica.

Forma: en cuanto a la forma, con él deben explicitarse todo los elementos de la programación, es decir, se deben señalar los objetivos adoptados, las acciones necesarias a efectuarse para lograr esos objetivos; los recursos humanos, materiales y servicios de terceros que demanden esas acciones así como los recursos monetarios necesarios que demanden esos recursos.

Integralidad: En la actualidad, la característica esencial del método de presupuesto por programas, está dado por la integralidad en su concepción y en su aplicación en los hechos. El presupuesto no sería realmente programático si no cumple con las condiciones que imponen los cuatro enfoques de la integralidad. Es decir, que el presupuesto debe ser:

Un instrumento del sistema de planificación.

El reflejo de una política presupuestaria única.

Un proceso debidamente vertebrado; y

Un instrumento en el que debe aparecer todos los elementos de la programación.

Universalidad: Dentro de este postulado se sustenta la necesidad de que aquello que constituye materia del presupuesto debe ser incorporado en él.

Naturalmente que la amplitud de este principio depende del concepto que se tenga de presupuesto. Si este sólo fuera la expresión financiera del programa de gobierno, no cabría la inclusión de los elementos en términos físicos, con lo cual la programación quedaría truncada. En la concepción tradicional se consideraba que este principio podía exponerse cabalmente bajo la "prohibición" de la existencia de fondos extrapresupuestarios.

Exclusividad: En cierto modo este principio complementa y precisa el postulado de la universalidad, exigiendo que no se incluyan en la ley anual de presupuesto asuntos que no sean inherentes a esta materia. Ambos principios tratan de precisar los límites y preservar la claridad del presupuesto, así como de otros instrumentos jurídicos respetando el ámbito de otras ciencias o técnicas. No obstante, de que en la mayoría de los países existe legislación expresa sobre el principio de exclusividad, en los hechos no siempre se cumplen dichas disposiciones legales.

Unidad: Este principio se refiere a la obligatoriedad de que los presupuesto de todas las instituciones del sector público sean elaborados, aprobados, ejecutados y evaluados con plena sujeción a la política presupuestaria única definida y adoptada por la autoridad competente, de acuerdo con la ley, basándose en un solo método y expresándose uniformemente. Es indispensable que el presupuesto de cada entidad se ajuste al principio de unidad, en su contenido, en sus métodos y en su expresión. Es menester que sus políticas de financiamiento, funcionamiento y capitalización sean totalmente complementarias entre sí.

Acuciosidad: Para el cumplimiento de esta norma es imprescindible la presencia de las siguientes condiciones básicas en las diversas etapas del proceso presupuestario:

Profundidad, sistema y organicidad en la labor técnica, en la toma de decisiones, en la realización de acciones y en la formación y presentación del juicio sobre unas y otras.

Sinceridad, honestidad y precisión en la adopción de los objetivos y fijación de los correspondientes medios; en el proceso de su concreción o utilización; y en la evaluación de nivel del cumplimiento de los fines, del grado de racionalidad en la aplicación de los medios y de las causas de posibles desviaciones.

En otras palabras, este principio implica que se debe tender a la fijación de objetivos posibles de alcanzar, altamente complementarios entre sí y que tengan la más alta prioridad.

Claridad: Este principio tiene importancia para la eficiencia del presupuesto como instrumento de gobierno, administración y ejecución de los planes de desarrollo socio-económicos. Es esencialmente de carácter formal; si los documentos presupuestarios se expresan de manera ordenada y clara, todas las etapas del proceso pueden ser llevadas a cabo con mayor eficacia.

Especificación: Este principio se refiere, básicamente, al aspecto financiero del presupuesto y significa que, en materia de ingresos debe señalarse con precisión las fuentes que los originan, y en el caso de las erogaciones, las características de los bienes y servicios que deben adquirirse.

En materia de gastos para la aplicación de esta norma, es necesario alejarse de dos posiciones extremas que pueden presentarse; una sería asignar una cantidad global que serviría para adquirir todos los insumos necesarios para alcanzar cada objetivo concreto y otra, que consistiría en el detalle minucioso de cada uno de tales bienes y servicios.

La especificación significa no sólo la distinción del objetivo del gasto o la fuente del ingreso, sino además la ubicación de aquellos y a veces de éstos, dentro de las instituciones, a nivel global de las distintas categorías presupuestarias, y, en no contados casos, según una distribución espacial. También es indispensable una correcta distinción entre tales niveles o categorías de programación del gasto.

Periodicidad: Este principio tiene su fundamento, por un lado, en la característica dinámica de la acción estatal y de la realidad global del país, y, por otra parte, en la misma naturaleza del presupuesto.

A través de este principio se procura la armonización de dos posiciones extremas, adoptando un período presupuestario que no sea tan amplio que imposibilite la previsión con cierto grado de minuciosidad, ni tan breve que impida la realización de las correspondientes tareas. La solución adoptada, en la mayoría de los países es la de considerar al período presupuestario de duración anual.

Continuidad: Se podría pensar que al sostener la vigencia del principio de periocidad se estuviera preconizando verdaderos cortes en el tiempo, de tal suerte que cada presupuesto no tiene relación con los que le antecedieron, ni con los venideros. De ahí que es necesario conjugar la anualidad con la continuidad, por supuesto que con plenos caracteres dinámicos.Esta norma postula que todas la etapas década ejercicio presupuestario deben apoyarse en los resultados de ejercicios anteriores y tomar, en cuenta las expectativas de ejercicios futuros.

Flexibilidad: A través de este principio se sustenta que el presupuesto no adolezca de rigideces que le impidan constituirse en un eficaz instrumento de: Administración, Gobierno y Planificación.

Para lograr la flexibilidad en la ejecución del presupuesto, es necesario remover los factores que obstaculizan una fluida realización de esta etapa presupuestaria, dotando a los niveles administrativos, del poder suficiente para modificar los medios en provecho de los fines prioritarios del Estado.

Según este principio es necesario sino eliminar, por lo menos restringir al máximo los llamados "Recursos Afectados" es decir, las asignaciones con destino específico prefijado. En resumen, la flexibilidad tiende al cumplimiento esencial del presupuesto, aunque para ello deban modificarse sus detalles.

Equilibrio: Este principio se refiere esencialmente al aspecto financiero del presupuesto aún cuando éste depende en último término de los objetivos que se adopten; de la técnica que se utilice en la combinación de factores para la producción de los bienes y servicios de origen estatal; de las políticas de salarios y de precios y en consecuencia, también del grado de estabilidad de la economía.

Características

Los Presupuestos del sector público se elaboran con base en la idea de control de gastos., se hace primero una estimación de los gastos que se han de originar debido a necesidades pública y después se planea la forma de cubrirlas, estudiando la aplicación de ingresos que se recaben de los impuestos, obtención de empréstitos y la emisión de papel moneda que ocasionaría inflación.

Estructura

Para el cumplimiento de los deberes primordiales del Estado, se establecen las Funciones que identifican las acciones a ejecutar por los Pliegos Presupuestarios, de acuerdo a lo siguiente:

-Legislativa

Justicia

-Administración y Planeamiento

-Agraria

-Asistencia y Previsión Social

Comunicaciones

-Defensa y Seguridad Nacional

Educación y Cultura

-Energía y Recursos Minerales

Industria, Comercio y Servicios

Pesca

-Relaciones Exteriores

Salud y Saneamiento

Trabajo

Transporte

-Vivienda y Desarrollo Urbano

El Clasificador Funcional Programático, define y desagrega las Funciones, en Programas y Subprogramas, el mismo que se aprueba y modifica por Resolución de la Dirección Nacional del Presupuesto Público.

Las Funciones, Programas y Subprogramas se orientan al cumplimiento de los Objetivos Institucionales y no responden a la estructura orgánica de los Pliegos Presupuestarios.

8. ESQUEMAS QUE SE UTILIZAN PARA CLASIFICAR, CALCULAR Y ESTRUCTURAR EL PRESUPUESTO DE INGRESOS Y GASTO PÚBLICO NACIONAL

El computo anticipado de los ingresos es el primer paso en implantación de todo programa presupuestal ya que este renglón es el que proporciona los medios para poder llevar a cabo las operaciones.

El presupuesto de ingresos está formado por:

  • El presupuesto de ventas.

  • El presupuesto de ingresos.

Presupuesto de ventas:

  • Factores específicos de ventas. Se clasifican a su vez en :

  • De ajuste. Se refieren aquellos factores por causas fortuitas accidentales que influyen en la predeterminación de las venta estos pueden ser de efecto perjudicial o de efecto saludable.

  • Los primeros son aquellas que afectaron en decremento las ventas del periodo anterior y que obviamente deberán tomarse en cuenta para el presupuesto de los ingresos del ejercicio siguiente como ejemplo de estos factores se puede citar los siguientes:

  • Huelga.

  • Incendio.

  • Inundación.

  • Rayo.

Los segundos (efecto saludable) son aquellos que afectaron en beneficio del periodo anterior y que posiblemente no vuelvan a ocurrir como por ejemplo:

Productos que no tuvieron competencia, contratos especiales de venta, situaciones o políticas, etc.

Son de cambio:

Se refieren aquellas modificaciones que van efectuarse y que desde luego, influirán en las ventas tales como:

  • Cambio de material.

  • Cambio de productos.

  • De presentación.

  • Rediseños.

  • Cambio de producción.

  • Adaptación de programa de producción.

  • Mejoras de situaciones de la empresa.

  • Cambio de mercados.

  • Cambios en los métodos de venta.

  • Mejores precios.

  • Servicios.

  • Publicidad.

Los factores de ajuste: Son acontecimientos accidentales no recurrentes.

  • Factores de ajuste perjudicial (huelga, incendio).

  • Factores de ajuste saludables. (contratos especiales, etc.)

  • Influyen benéficamente en las ventas.

Los factores de cambio: Ofrecen un medio para estimar las ventas si se estudiaron las posibilidades.

Factores corrientes de crecimiento:

  • Superación en las ventas.

  • Desarrollo o expansión.

  • Crédito mercantil.

Fuerzas económicas generales: son factores externos que también influyen en el momento de cuantificar las ventas.

Factores de influencias administrativas: este factor de carácter interno se refiere a las decisiones que toman los directivos y que influyen en el estudio del presupuesto de ventas.

Presupuesto de otros ingresos: Se refiere a ingresos propios y ajenos que no son los normales que tiene una entidad como son: Préstamos y operaciones financieras, en las que se integran aspectos bancarios, refaccionarios, de habilitación y avío, emisión de obligaciones, hipotecarios, etc.

Presupuesto de Costo de distribución: el cual se divide en 3: costos de ventas, administración y financieros.

  • Presupuesto de inversiones.

  • Presupuesto de impuestos (sobre utilidades).

  • Presupuesto de aplicación de utilidades.

  • Presupuesto de otros egresos.

  • Presupuesto de inventarios.

Presupuesto de producción: Está basado en las ventas previstas y en la determinación de un inventario base, o sea, que deben calcularse las ventas y de igual forma un inventario base para poder determinar la producción.

Presupuesto de Compras: Este presupuesto se refiere exclusivamente a las compras de materia prima y para llevarlo a cabo es necesario conocer en unidades cuanto material se requerirá para producir los volúmenes indicados en el presupuesto de producción.

Presupuesto de costo de Distribución: Está integrado por los gastos de venta, de administración y algunos gastos financieros.

Presupuesto de gastos de venta: Estos gastos son los erogados por las actividades tendientes a realizar la función de ventas y comprenden desde que el producto fue fabricado hasta que es puesto en manos del cliente.

Presupuesto de publicidad: es el conjunto de medios necesarios para despertar el interés de los consumidores en potencia y crear hábitos de compra a través de mensajes, de igual forma el impacto que produzca la presentación del producto beneficios que ofrezca el mismo , la calidad, etc.

El presupuesto de gastos de administración: En este presupuesto se incluyen aquellos gastos que se deriven directamente de las funciones de dirección y control de las diversas actividades d la empresa, ya que su contenido es tan amplio y que la determinación de su naturaleza, dependerá de la organización interna y del medio en que se desarrolle en particular.

Presupuesto de gastos financieros: Este presupuesto se determina en forma similar a los demás presupuestos de gastos y en el se engloban todas aquellas erogaciones provenientes de intereses sobre créditos contratados con el objeto de financiar el programa de operaciones como serían: los préstamos de habilitación o avío, préstamos refaccionarios, etc. y en general todas las erogaciones necesarios para allegarse fondos a la empresa.

Gasto Público:

En cuanto al gasto público, este se define como el gasto que realizan los gobiernos a través de inversiones públicas. Un aumento en el gasto público producirá un aumento en el nivel de renta nacional, y una reducción tendrá el efecto contrario. Durante un periodo de inflación es necesario reducir el gasto público para manejar la curva de la demanda agregada hacia una estabilidad deseada. El manejo del gasto público representa un papel clave para dar cumplimiento a los objetivos de la política económica.

El gasto público se ejecuta a través de los Presupuestos o Programas Económicos establecidos por los distintos gobiernos, y se clasifica de distintos maneras pero básicamente se consideran el Gasto Neto que es la totalidad de las erogaciones del sector público menos las amortizaciones de deuda externa; y el Gasto Primario, el cual no toma en cuenta las erogaciones realizadas para pago de intereses y comisiones de deuda publica, este importante indicador económico mide la fortaleza de las finanzas públicas para cubrir con la operación e inversión gubernamental con los ingresos tributarios, los no tributarios y el producto de la venta de bienes y servicios, independientemente del saldo de la deuda y de su costo.

9. ORGANIZACIÓN, FUNCIONES Y RELACIONES DE LAS INSTITUCIONES SIGUIENTES

9.1 Oficina Nacional De Presupuesto

En cumplimiento a lo pautado en la Ley Orgánica del Régimen Presupuestario se creó la Oficina Central de Presupuesto (OCEPRE), como órgano rector del sistema presupuestario público venezolano, con una estructura administrativa básicamente similar a la que contaba la Dirección Nacional del Presupuesto, previo a la reforma presupuestaria, con excepción del Área de Presupuestos Regionales, que a partir de la creación de la OCEPRE implementó la figura de Coordinadores Regionales con sede en el interior del país, quienes tenían por función asistir a las Corporaciones Regionales, Gobernaciones de Estado y a los Concejos Municipales. La estructura original fue modificada en febrero de 1981 con el objeto de adecuarlas a los esquemas globales sectoriales y regionales previstos en el Plan de la Nación.

Funciones

  • Participar en la formulación de los aspectos presupuestarios de la política financiera que, para el sector público nacional, elabore el Ministerio de Finanzas.

  • Participar en la elaboración del plan operativo anual y preparar el presupuesto consolidado del sector público.

  • Participar en la preparación del proyecto de ley del marco plurianual del presupuesto del sector público nacional bajo los lineamientos de política económica y fiscal que elaboren, coordinadamente, el Ministerio de Planificación y Desarrollo, el Ministerio de Finanzas y el Banco Central de Venezuela, de conformidad con la ley.

  • Preparar el proyecto de ley de presupuesto y todos los informes que sean requeridos por las autoridades competentes.

  • Analizar los proyectos de presupuesto que deban ser sometidos a su consideración y, cuando corresponda, proponer las correcciones que considere necesarias

  • Aprobar, conjuntamente con la Oficina Nacional del Tesoro, la programación de la ejecución de la ley de presupuesto.

  • Preparar y dictar las normas e instrucciones técnicas relativas al desarrollo de las diferentes etapas del proceso presupuestario.

  • Asesorar en materia presupuestaria a los entes u órganos regidos por esta Ley.

  • Analizar las solicitudes de modificaciones presupuestarias que deban ser sometidas a su consideración y emitir opinión al respecto.

  • Evaluar la ejecución de los presupuestos aplicando las normas y criterios establecidos por esta Ley, su reglamento y las normas técnicas respectivas.

  • Informar al Ministro de Finanzas, con la periodicidad que éste lo requiera, acerca de la gestión presupuestaria del sector público.

  • Las demás que le confiera la Ley.

9.2 Ministerio De Finanzas

El ente encargado de la administración de la Hacienda Pública nacional nace en el año de 1830 con el nombre de Ministerio de Hacienda y el 30 de agosto de 1999, mediante Decreto No.253 en el cual se dicta con Rango y Fuerza de Ley Orgánica publicado en la Gaceta Oficial No. 36.775, se reforma la Ley Orgánica de la Administración Central y se le cambia el nombre por el de Ministerio de Finanzas.

Por Ley del 9 de Marzo se estableció el Ministerio de Crédito Público y desde el 15 de Junio de 1915 hasta la fecha, todo lo concerniente a esta materia está a cargo del Ministerio de Finanzas.

Los lineamiento generales en materia económica que persigue el Ejecutivo Nacional para el Ejercicio Fiscal 2004, son los siguientes, según se señala en la Ley de Presupuesto correspondiente a ese año: Recuperar una senda de crecimiento sostenible para la economía (6,5%) dentro del proceso de normalización económica del país; impulsar la recuperación del gasto social con énfasis en los servicios básicos: educación, salud, seguridad social y ciudadana, impulso a las pymes; impulsar la inversión pública (construcción/ infraestructura de apoyo a la producción) y en el sector agrícola a fin de reactivar el empleo productivo; y fortalecer las finanzas públicas y las reformas institucionales que permitan profundizar los procesos de transformación social y económica hacia una economía productiva con equidad social.

Organismos

En el siguiente listado se muestran las dependencias del Ministerio.

  • Vice ministerio de Gestión Financiera

  • Vice ministerio de Regulación y Control

  • Oficina Nacional de Crédito Público

  • Oficina Nacional del Tesoro

  • Oficina Nacional de Presupuesto (ONAPRE)

  • Dirección General de Servicios

  • Oficina de Recursos Humanos

  • Oficina de Planificación y Presupuesto

  • Dirección de Inspección y Fiscalización

  • Oficina de Seguridad y Protección Integral

  • Oficina de Secretaria General

  • Consultoría Jurídica

  • Auditoría Interna

  • Comisión para la Enajenación de Bienes del Sector Público (CENBISP)

  • Escuela Nacional de Administración y Hacienda Pública – IUT

  • Servicio Nacional Integrado de Administración Tributaria (SENIAT)

  • Superintendencia de Bancos (SUDEBAN)

  • Comisión Administradora de Divisas (CADIVI)

  • Fondo de Garantías de Depósitos y Protección Bancaria (FOGADE)

  • Banco Industrial de Venezuela (BIV)

  • Comisión Nacional de Valores (CNV)

  • Superintendencia de Cajas de Ahorro

  • Superintendencia Nacional de Actividades Hípicas

  • Banco Nacional de Ahorro y Préstamo (BANAP)

  • Banco de Fomento Regional los Andes (BANFOANDES)

  • Sociedad Nacional de Garantías Recíprocas para Mediana y Pequeña Industria (SOGAMPI)

  • Junta de la Zona Libre, Cultural, Científica y Tecnológica del Estado Mérida (ZOLCCYT)

  • Corporación para la Zona Libre para el Fomento de la Inversión Tur. de la Península de Paraguaná

  • Almacenadora Caracas y sus Filiales

  • Comisión de Casinos, Salas de Bingo y Máquinas Traganíqueles

9.3 SENIAT

Se fusionan Aduanas de Venezuela, Servicio Autónomo (AVSA) y el Servicio Nacional de Administración Tributaria (SENAT) para dar paso a la creación del Servicio Nacional Integrado de Administración Tributaria (SENIAT), según Decreto Presidencial N° 310 de fecha 10 de agosto de 1994.

Función

Recaudar con niveles óptimos los tributos nacionales, a través de un sistema integral de administración tributaria moderno, eficiente, equitativo y confiable, bajo los principios de legalidad y respeto al contribuyente. Entre alguna de sus funciones específicas podemos mencionar:

  • Administrar el sistema de los tributos de la competencia del Poder Público Nacional, en concordancia con la política definida por el Ejecutivo Nacional.

  • Administrar el sistema aduanero, en concordancia con la política definida por el Ejecutivo Nacional.

  • Elaborar propuestas para la definición de las políticas tributaria y aduanera, evaluar su incidencia en el comercio exterior y proponer las directrices para su ejecución.

  • Ejecutar en forma integrada las políticas tributaria y aduanera establecidas por el Ejecutivo Nacional.

  • Elaborar y presentar al Ministerio de Finanzas anteproyectos de leyes tributarias y aduaneras, y emitir criterio técnico sobre sus implicaciones.

  • Emitir criterio técnico sobre las implicaciones tributarias y aduaneras de las propuestas legales o reglamentarias que se le presenten.

  • Recaudar los tributos de la competencia del Poder Público Nacional y sus respectivos accesorios; así como cualquier otro tributo cuya recaudación le sea asignada por ley o convenio especial.

  • Ejercer las funciones de control, inspección y fiscalización del cumplimiento de las obligaciones tributarias, de conformidad con el ordenamiento jurídico tributario.

  • Determinar y verificar el cumplimiento de las obligaciones aduaneras y tributarias y sus accesorios.

  • Definir y ejecutar las políticas administrativas tendentes a reducir los márgenes de evasión fiscal y, en especial, prevenir, investigar y sancionar administrativamente los ilícitos aduaneros y tributarios.

  • Ejercer la facultad de revisión de los actos emanados del Servicio Nacional Integrado de Administración Aduanera y Tributaria (SENIAT), conforme al ordenamiento jurídico aplicable.

  • Conocer, sustanciar y decidir los recursos administrativos interpuestos contra los actos dictados por el Servicio Nacional Integrado de Administración Aduanera y Tributaria (SENIAT), de conformidad con el ordenamiento jurídico.

9.4 Oficina De Asesoría Económica Y Financiera De La Asamblea Nacional

La Oficina de Asesoría Económico Financiera (OAEF) es un organismo técnico de apoyo del Poder Legislativo, cuya creación se llevó a cabo con el objetivo de asesorar al Parlamento venezolano en las áreas de economía y finanzas en general, pero con especial énfasis en la realización de estudios sobre la estimación del impacto económico de la aprobación de determinadas leyes, particularmente en sus costos y beneficios fiscales de acuerdo a lo establecido en el artículo 134, numeral 5 del Reglamento Interior y de Debates.

Funciones

a) Elaborar estudios técnicos de la Ley de Presupuesto y créditos adicionales y Leyes de Crédito Público, los cuales deben contener un análisis sobre la consistencia macroeconómica y los impactos económicos y sociales de tales proyectos en el contexto del sector público consolidado (ingresos, gastos, déficit, fuentes de financiamiento e implicaciones sobre el endeudamiento neto y el servicio de las deudas que mediante ellos se contraigan) de manera tal, que la Asamblea Nacional de la República pueda determinar si el déficit fiscal que tales instrumentos crea o disminuye, es compatible con los otros instrumentos de política económica y las metas macroeconómicas, y hacerlos del conocimiento de las Comisiones de Finanzas y Economía.

b) Asistir con derecho a voz a las reuniones de las Comisiones de la Asamblea Nacional, cuando en ellas se discuta cualquier proyecto de ley u otro acto legislativo con implicaciones presupuestarias.

c) Informar, al menos trimestralmente, al Presidente de la Asamblea Nacional y a los de las Comisiones Permanentes de Finanzas y Economía, acerca de la evolución de la economía nacional, indicadores socioeconómicos, situación del sistema financiero y de las finanzas públicas en general, así como del impacto económico y social que pueda tener cualquier medida adoptada por el Poder Ejecutivo o sus órganos.

d) Recabar los datos e indicadores de carácter social, económico y financiero que las diferentes personas públicas, territoriales o sus órganos y demás personas jurídicas están obligadas a suministrar a la Asamblea Nacional o a sus órganos de acuerdo a la ley, analizarlos e informar lo que considere pertinente.

e) Modificar, en caso que sea necesario, los estudios correspondientes a los instrumentos legales a que se refiere el numeral 1, para adecuarlos a los cambios que hayan sufrido los proyectos en la Asamblea Nacional.

f) Pronunciarse con respecto a las implicaciones económicas y sociales de los proyectos de leyes que sean sometidos a consideración de la Asamblea Nacional y hacer del conocimiento del Presidente respectivo, las observaciones que el proyecto le merece, todo de acuerdo a lo establecido en el Reglamento Interior y de Debates de la Asamblea Nacional.

g) Estudiar y emitir un pronunciamiento sobre las implicaciones económicas y sociales que se deriven de las leyes que sean aprobadas por la Asamblea Nacional y hacerlo del conocimiento del Presidente de la Asamblea y de las Comisiones Permanentes de Finanzas y Economía

h) Realizar los estudios que estime necesarios acerca de las políticas y decisiones del Poder Ejecutivo o del Poder Judicial que puedan tener un impacto en las finanzas públicas y hacerlos del conocimiento del Presidente de la Asamblea Nacional y de las Comisiones Permanentes de Finanzas y Economía.

9.5 Ministerio De Planificación Y Desarrollo

Funciones

Son competencias del Ministerio de Planificación y Desarrollo:

  • 1. La regulación, formulación y seguimiento de las políticas de planificación y desarrollo institucional;

  • 2. La formulación de estrategias de desarrollo económico y social de la Nación, y la preparación de las proyecciones y alternativas;

  • 3. La formulación y seguimiento del Plan de la Nación, del Plan Operativo Anual y del Plan de Inversiones Públicas;

  • 4. La propuesta de los lineamientos de la planificación del Estado y de la planificación física y espacial en escala nacional;

  • 5. La coordinación y compatibilización de los diversos programas sectoriales, estadales y municipales;

  • 6. La coordinación de las actividades de desarrollo regional;

  • 7. La asistencia técnica a los órganos del Poder Público;

  • 8. La asistencia técnica y financiera internacional;

  • 9. La vigilancia y evaluación de los programas y proyectos de asistencia técnica que se ejecuten en el país;

  • 10. La regulación, formulación y seguimiento de las políticas de la función pública;

  • 11. La coordinación y administración del sistema integral de información sobre personal de la Administración Pública;

  • 12. La regulación y formulación de las políticas de reclutamiento, selección, formación, evaluación, promoción, remuneración, seguridad social y egreso de los funcionarios públicos;

  • 13. La supervisión y coordinación de las oficinas de personal de la Administración Pública Nacional, así como las competencias que le señale la Ley de Carrera Administrativa;

  • 14. La evaluación de la gestión de recursos humanos de los órganos de la Administración Central y Descentralizada funcionalmente;

  • 15. La modernización institucional de la Administración Pública Nacional, lo cual comprende el estudio, propuesta, coordinación y evaluación de las directrices y políticas referidas a la estructura y funciones en todos sus sectores y niveles, así como las propuestas, el seguimiento y la evaluación de las acciones tendentes a su modernización administrativa en general;

  • 16. La realización de la evaluación de los resultados de la gestión de los organismos que integran la Administración Pública Nacional y su divulgación, particularmente la evaluación del desempeño institucional de los órganos de la Administración Central y Descentralizada funcionalmente y la formulación de los convenios que sean suscritos entre el Ejecutivo Nacional y los organismos sujetos a evaluación de sus resultados;

  • 17. Las demás que le atribuyan las leyes y otros actos normativos.

Organismos

Quedan bajo la adscripción del Ministerio de Planificación y Desarrollo los siguientes Organismos:

Instituto Venezolano de Planificación (IVEPLAN).

Corporación de Desarrolló de la Región Central (CORPOCENTRO).

Corporación de Desarrollo de la Región Nororiental (CORPORIENTE). (1)

Corporación de Desarrollo de la Región de los Llanos (CORPOLLANOS).

Corporación de Desarrollo de la Región de los Andes (CORPOANDES).

Corporación de Desarrollo de la Región Zuliana (CORPOZULIA).

Corporación Venezolana de Guayana (CVG).

Corporación Venezolana del Suroeste (CVS). (2)

Fundación para el Desarrollo de la Región Centro Occidental de Venezuela (FUDECO).

Fundación Escuela de Gerencia Social.

Fondo de Inversiones de Venezuela.

Fondo Intergubernamental para la Descentralización (FIDES).

9.6 Banco Central De Venezuela

La proposición de crear el Banco Central de Venezuela se presenta dentro de un ambiente de grandes cambios políticos, sociales y económicos coincidentes con una situación mundial convulsionada. No sólo eran los inicios de la Segunda Guerra Mundial, sino también y por sobre todo, los comienzos del gran debate en el país sobre el rumbo político y económico que debía seguirse después de los 27 años del gobierno del General Juan Vicente Gómez. El nuevo gobierno elaboró un plan nacional llamado Programa de Febrero que contempló una serie de medidas de política económica, entre las cuales una de las más importantes fue la de fundar el Banco Central.

El cumplimiento del principal objetivo de un banco central, es condición necesaria para darle sostenibilidad al desarrollo de un país, y en ese sentido sus actos están en correspondencia con los fines superiores del Estado.

Funciones

Corresponde al Banco Central de Venezuela crear y mantener condiciones monetarias, crediticias y cambiarias favorables a la estabilidad de la moneda, al equilibrio económico y al desarrollo ordenado de la economía, así como asegurar la continuidad de los pagos internacionales del país.

Al Estado le corresponde velar por la estabilidad monetaria y de precios, por lo que, el BCV debe:

A tal efecto, tiene a su cargo:

  • Regular el medio circulante y en general, promover la adecuada liquidez del sistema financiero con el fin de ajustarlo a las necesidades del país.

  • Procurar la estabilidad del valor interno y externo de la moneda.

  • Centralizar las reservas monetarias internacionales del país y vigilar y regular el comercio de oro y de divisas.

  • Ejercer, con carácter exclusivo, la facultad de emitir billetes y acuñar monedas.

  • Regular las actividades crediticias de los bancos y otras instituciones financieras públicas y privadas, a fin de armonizarlas con los propósitos de la política monetaria y fiscal, así como el necesario desarrollo regional y sectorial de la economía nacional para hacerla más independiente.

  • Ejercer los derechos y asumir las obligaciones de la República de Venezuela en el Fondo Monetario Internacional, en todo lo concerniente a la suscripción y pago de las cuotas que le corresponda, a las operaciones ordinarias con dicha institución y a los derechos especiales de giro.

  • Efectuar las demás operaciones y servicios compatibles con su naturaleza de Banco Central.

9.7 Fondo De Estabilización Macroeconómica

El FIEM, o Fondo de Inversión para la Estabilización Macroeconómica, es un mecanismo que pretende garantizar la estabilidad fiscal de la República, es decir, tiene como objetivo evitar que las fluctuaciones de los precios del petróleo afecten el equilibrio presupuestario.

Esta idea está consagrada en el artículo 312 de nuestra constitución, donde señala que "se establecerá por ley un fondo de estabilización macroeconómica destinado a garantizar la estabilidad de los gastos del Estado en los niveles municipal, regional y nacional, ante las fluctuaciones de los ingresos ordinarios. Las reglas de funcionamiento del fondo tendrán como principios básicos la eficiencia, la equidad y la no discriminación entre las entidades públicas que aporten recursos al mismo".

9.8 Ministerio De La Economía Popular

Este nuevo ministerio tendrá bajo su cargo el Banco deDesarrollo de la Mujer, Banmujer, el Banco del Pueblo Soberano y el Fondo deDesarrollo Micro financiero (Fondemi), el Instituto de Desarrollo Rural, elInstituto Nacional de Capacitación Educativa (Ince), más la superintendenciade cooperativas, además será un despacho con cartera.

Este ministerio no comienza desde cero, es la unión de unaserie de esfuerzos que venía realizando el presidente de la RepúblicaBolivariana de Venezuela, Hugo Chávez Frías, en cumplimiento de lo queestipula el artículo 308 de la Constitución, en el sentido de una promociónde una economía destinada fortalecer a la alternativa. "De manera que elministerio de Economía Popular lo que va a hacer es coordinar y aglutinar aeste conjunto de instituciones y de políticas que adelanta el GobiernoBolivariano para lograr una focalización de todo el esfuerzo", explicó. La economía popular es la destinada a potenciar la creación delpueblo, de las distintas iniciativas creativas de las personas, iniciativasa las cuales la carta magna les da un rango de sujetos para financiar,capacitar y para acompañar técnicamente.

9.9 Banco del Tesoro

El Banco del Tesoro, C.A. es una entidad financiera cuyo único accionista es la República Bolivariana de Venezuela. Creado por disposición presidencial, el 17 de agosto de 2005, es un Banco Universal, adscrito al Ministerio de Finanzas.

Inscrito en el marco de las acciones que adelanta el Gobierno Bolivariano para consolidar un nuevo modelo económico, su fundación responde a la necesidad del Estado de contar con un órgano que potencie y de transparencia a las finanzas públicas, y atienda, a su vez, a la población no bancarizada. Su presidente es César Augusto Giral Michelangeli.

El Banco del Tesoro corresponde su misión con las políticas del Estado; coordina esfuerzos con los entes financieros públicos y tiene una orientación social cuyo norte es la inclusión y bancarización de toda la población, sobre todo de los sectores más necesitados.

9.10 Fondo De Desarrollo Nacional

El Fonden cuenta con recursos iníciales de 6 mil millones de dólares provenientes de las reservas monetarias internacionales, administradas por el Banco Central de Venezuela (BCV), de los cuales, en una primera etapa, dispone de 3 mil millones de dólares.

El mencionado organismo recibirá mensualmente de PDVSA el remanente de divisas obtenido por concepto de exportaciones de hidrocarburos y gas. Su objetivo será el financiamiento de proyectos de inversión real productiva, educación, salud, mejoramiento del perfil y saldo de la deuda pública externa, lo mismo que la atención de situaciones especiales

10. LEY DE MICROFINANZAS Y SU IMPACTO EN LA ECONOMÍA NACIONAL

Ley de Micro finanzas ampara la normativa con la que funcionarán las entidades financieras, el destino de algunos de los ingresos por cobro de tasa de interés, así como el porcentaje asignado para los tipos de crédito

La Ley de Micro finanzas establece que 60% de los recursos es para las cooperativas; 30% para créditos asociativos, y 10% para créditos personales.

Los bancos comunales fueron creados por la Ley de los Consejos Comunales, aprobada recientemente.

El fondo del autogobierno comunal que asigna los dineros para esta modalidad de entidades financieras se alimenta de un crédito adicional por 1 billón de bolívares. Asimismo, recibirá 1,2 billones de bolívares de los excedentes petroleros que se desembolsan a través del Fondo Intergubernamental de Descentralización y de la Ley de Asignaciones Especiales.

11. SECCIÓN DE CASOS Y PROBLEMAS (1Caso y 1 Problema)

Caso 1

Las inversiones en divisas del FIEM al 31-12-2002 están constituidas por los siguientes conceptos:

Concepto

Expresado en millones

U.S.$

Bs.

Bancos del Exterior a Plazo Fijo

580

811.058

Fondos Federales

823

1.149.631

Valores Públicos Extranjeros

1.404

1.961.798

Valores s/Convenios de Recompra

50

69.888

TOTAL

2.857

3.992.375

Estas inversiones se registraran al costo de adquisición y se valoran a su precio de mercado internacional, diariamente.

Intereses y comisiones devengados

Los intereses devengados y no cobrados al 31-12-2002, ascendieron a la suma de US$ 332.000, equivalentes a Bs. 463 millones, y corresponden al producto de las inversiones efectuadas; la respectiva contrapartida se consideró en el rubro de "Créditos Diferidos", en concordancia con lo tratado en el literal "d" de la nota 2 de estos estados.

Créditos diferidos

Los créditos diferidos del Fondo de Inversión para la Estabilización Macroeconómica al 31-12-2002, están constituidos por los siguientes conceptos:

Concepto

Expresado en millones

U.S.$

Bs.

Int. y Comisiones Deveng. y no Cobrados

0

463

Fluct. de Precios no Realizadas

7

9.263

TOTAL

7

9.726

Patrimonio

El Patrimonio del Fondo de Inversión para la Estabilización Macroeconómica al 31-12-2002, se ubicó en US$ 2.850 millones, equivalentes a Bs. 3.983.112 millones, y está conformado en la siguiente forma:

Concepto

Expresado en millones

Aporte

Retiros

Rend./Netos

Total

Total

U.S.$

U.S.$

U.S.$

U.S.$

Bs.

Ejecutivo Nacional

1.812

1.859

98

51

71.425

Petróleos de Venezuela

4.307

2.174

249

2.382

3.329.593

Entidades Estadales

1.061

731

87

417

582.094

TOTAL

7.180

4.764

434

2.850

3.983.112

Resultado del ejercicio

El resultado del ejercicio comprendido entre el 01-01-2002 y el 31-12-2002, alcanzó la cifra de US$ 88 millones, equivalentes a Bs. 122.472 millones, que fueron generados por los intereses cobrados y las fluctuaciones de precios realizadas sobre los instrumentos financieros que componen la cartera de inversión del FIEM, monto neto obtenido una vez deducidos los gastos pagados al BCV por concepto de administración de la cartera de inversión.

Este rendimiento neto se distribuyó proporcionalmente a los recursos aportados por cada uno de los participantes (Ejecutivo Nacional, PDVSA y Entidades Estadales), aumentando la participación patrimonial de cada uno de ellos.

Problema 1

Supóngase que Swizalandia, país africano, tiene un ingreso o utilidad neta de $100. La tasa de impuesto sobre la renta a cargo del estado es del 40%. Compare los rendimientos netos para un inversionista en $1.000 de obligaciones emitidas por una sociedad anónima que paguen intereses del 10% respecto a una inversión sobre el país que pudiera hacer en $1.000 de bonos del tesoro público que rindan un 6%.

Las obligaciones, gasto público, habrán de permitir una mayor conservación de efectivo, considerando repercusiones mutuas en el emisor e inversionista, respecto a las acciones preferentes.

Calculo respecto a: Acciones preferentes

Obligaciones

Ingreso neto

100

100

Impuesto

40

0

Dividendos (intereses)

60

100

Cantidad gravable para empresas inversionistas

9

100

Impuesto (0,4)

3,60

40

Rendimiento Neto

56,40

60

CONCLUSIONES

La Política Fiscal es de gran importancia para el desarrollo económico de cualquier nación, esta debe ser adaptada a las realidades de cada nación, cuidadosamente estudiada y ser aplicada con la más estricta disciplina, a fin de lograr los objetivos de crecimiento económico y desarrollo que persigue la Teoría Económica.

Hemos visto como la política fiscal puede estar orientada hacia dos corrientes principales; las políticas de demanda o teoría Keynesiana; y las políticas de Oferta defendida pos Friedman, ambas, sin embargo, buscan el equilibrio macroeconómica necesario para lograr el crecimiento sostenido y el desarrollo de las naciones, aunque a través de distintos métodos.

El Keynesianismo, se concentra en medidas coyunturales, es decir, de políticas intervencionistas del Estado, a fin de generar un desplazamiento de la curva de la demanda agregada, con el fin de equilibrar la situación económica y lograr la situación de pleno empleo. Sin embargo por tratarse de medidas coyunturales, estas pueden y deben ser reducidas gradualmente, una vez alcanzado el fin deseado debe dejarse nuevamente en manos del mercado el destino económico, el Estado sólo debe intervenir cuando el mercado no logre por si solo equilibrar la situación, sin embargo una vez logrado el equilibrio, el Estado debe retirarse nuevamente a sus funciones de supervisión y dejar que las fuerzas naturales de oferta y demanda del mercado sigan su curso.

Las políticas de oferta por su parte arguyen que las políticas de demanda generan un efecto devastador a largo plazo como lo es la inflación y el endeudamiento, así como una nueva plaga económica: la estanflación, producto de la excesiva aplicación de políticas de demanda las cuales auspician un incremento en el gasto público del Estado con el fin de activar el crecimiento económico, aunque se incurra en déficits fiscales. La estanflación, reúne todas las características del estancamiento económico (desempleo, industria paralizada) junto con la ya referida inflación producto del aumento de los precios generados por los incrementos en la masa monetaria de creados en las políticas keynesianas. Las políticas de la oferta proponen un control estricto sobre la oferta monetaria, a fin de que este posea una tasa de crecimiento constante que; sin generar inflación logre los propósitos del crecimiento económico y desarrollo perseguido, para evitar el estancamiento de la economía.

Las políticas de oferta se orientan a flexibilizar las reglas del juego dentro de la economía, evitando las presiones sobre los distintos componentes del sistema productivo, aspirando a constituirse en una acción coherente encaminada a propiciar el natural discurrir de las fuerzas que actúan en el mercado. En fin al contrario de las medidas coyunturales de las políticas de demanda, la política de oferta se traza a muy largo plazo, para lograr el equilibrio.

Con referencia al caso venezolano, siempre hemos estado conscientes del gran potencial económico que tiene nuestro país, enormes reservas petroleras, auríferas y mineras parecen inagotables, igualmente contamos con grandes posibilidades en materia agrícola, turística y manufacturera. Lamentablemente la excesiva aplicación de las políticas de demanda que arrastraron a nuestra economía hasta la actual situación permitió que se creara en nuestro país una mentalidad de que no somos capaces de lograr ningún avance si el Estado no interviene, es cierto que debido al enorme déficit fiscal y nivel de endeudamiento, el Estado no puede, ni debe continuar con políticas expansionistas y proteccionistas, debemos abrir nuestra economía a la inversión proporcionando seguridad en materia jurídica y fiscal, atraer las inversiones para desarrollar y explotar nuestro enorme potencial.

Esto solo se logrará a medida que se logre un equilibrio económico y los frutos de ese proceso no se observarán de inmediato, debemos asumir la responsabilidad por tantos años de despilfarro económico e intervención del Estado en los asuntos económicos, dejar que poco a poco sean las fuerzas naturales del mercado las que logren la reactivación económica de nuestro país.

Pero antes debemos asumir los riesgos y sacrificios que esto representa en aras de obtener un mejor futuro; no se puede ser pesimista y pensar que la situación no tiene salida, solo debemos asumir el reto, sincerando nuestra economía, creando una disciplina fiscal acorde a las necesidades, reduciendo el tamaño del Estado y evitando el intervencionismo del mismo, propiciar la aplicación de la economía de mercado, eliminar las medidas proteccionistas, eliminar trabas y controles innecesarias en la actividad económica, aplicar políticas de flexibilización de precios y salarios, establecer límites al crecimiento monetario y propiciar la movilidad y capacitación de la fuerza laboral.

Este conjunto de medidas no dará sus frutos inmediatamente por el contrario representan un lento pero continuo mejoramiento de la economía venezolana hasta lograr su total recuperación, esperemos que nuestros gobernantes actuales y los futuros logren entenderse unos con otros y trabajar en conjunto para lograr el recuperar la economía Venezolana.

BIBLIOGRAFÍA

  • Gitman, Laurence J. Fundamentos de Administración Financiera. 7° Edición. Oxford University Press Harlan. México 1996.

  • Van Home, James C. / Machowicz, John M. Fundamentos de Administración Financiera. 8° Edición. Prentice Hall PHH. México 1994.

  • www.zonafinanciera.com

  • www.monografias.com

  • www.google.com

  • www.wikipedia.com

  • www.ocepre.gov.ve

 

 

Autor:

Villalobos, José

Leandro, Erick

Profesor:

Ing. Andrés E. Blanco

UNIVERSIDAD NACIONAL EXPERIMENTAL POLITÉCNICA

"ANTONIO JOSÉ DE SUCRE"

VICE-RECTORADO PUERTO ORDAZ

DEPARTAMENTO DE INGENIERÍA INDUSTRIAL

INGENIERÍA FINANCIERA

PUERTO ORDAZ, FEBRERO DE 2009

Partes: 1, 2
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